Información
Hacienda opina

AGENCIA TRIBUTARIA
VISTO BUENO A NUESTRA ACTIVIDAD
El tener sociedades disponibles para que se puedan activar en un momento dado es una circunstancia que es perfectamente legítima. El problema es cuando se utilizan de forma fraudulenta; y no son muchos los casos..., según palabras de D. Ramón Marzal Doménech - Jefe de la Dependencia Regional de Gestión Tributaria en su comparecencia pública en las XII Jornadas Tributarias de la APAF del 1 de julio de 2005
---
En el borrador del PLAN DE PREVENCIÓN DEL FRAUDE FISCAL publicado el 29 de Noviembre de 2004, donde se nos define como NIDOS DE SOCIEDADES se dice expresamente en relación a nuestra actividad que "Se trata de entidades dedicadas a la creación de sociedades para su posterior venta, sin que la sociedad haya realizado actividad alguna. Su objeto no es ilicito..."
---
Nuestro servicio es finalmente reconocido en la redacción del Real Decreto 1/2010 publicado el 19-1-2010
|
Hacienda da el visto bueno a nuestra actividad.
Siempre hemos indicado que Hacienda era conocedora del mismo y que se adaptaba totalmente a la legislación vigente, por lo que no resultaba en modo alguno problemática la adquisición de sociedades constituídas por GMC24, las cuales siempre han tenido todas las garantías de inactividad y carencia de deudas, además de la certificación de AENOR. Durante el año 2003, el servicio de tramitación urgente de sociedades de GMC24 SHELF COMPANIES SL ha sido inspeccionado en profundidad por la Agencia Tributaria, no encontrando esta irregularidad alguna en el servicio, salvo ligeros defectos de forma en la facturación de los Registros Mercantiles. Defectos de forma que inmediatamente han sido subsanados por nuestra organización y que en modo alguno pueden afectar a nuestros clientes por tratarse de un asunto fiscal interno de nuestra empresa. Por último, el Real Decreto 1/2010 ha legitimado definitivamente el servicio al reconocer su existencia como tal, puesto que hasta la fecha no estaba debidamente reglamentado. Todo esto puede tranquilizar más si cabe a nuestros clientes actuales y futuros que en algún momento hayan podido dudar sobre la legitimidad del servicio. Gracias a todos los que han confiado en nosotros y a los que a partir de ahora lo sigan haciendo.
|
Es por ello que recomendamos encarecidamente que NO OLVIDEN presentar el modelo 036 en la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio. Ahora y desde la publicación del Real Decreto 1/2010 también existe obligación de informar sobre la titularidad de los nuevos socios. Solo a efectos de Hacienda.
Recomendamos realizar la presentación mediante envío por CORREO CERTIFICADO ADMINISTRATIVO, ya que la propia administración suele no aceptar el impreso mientras está pendiente de inscribir el cargo del nuevo administrador.
V - 1110

