Información



El NIF asignado



El NIF - número de identificación fiscal de la empresa, se entrega con el resto de documentación en el momento de la firma (dentro de la Caja Roja). Este documento puede ser de un formato diferente según el caso concreto, pero siendo el número el mismo en cualquiera de ellos:

 

 

 

 

 

  

NIF1 - NIF provisional en formato notarial:

Este es el primero del que dispone la empresa y la emite el propio Notario en el momento de la constitución. Tiene caracter provisional, aunque el numero como ya hemos comentado, ya es definitivo porque no cambia posteriormente. La Agencia tributaria (Ver la imagen siguiente)

Aunque en muchas ocasiones  este trámite se retrasa o incluso llega a omitirse. Este es el motivo por el cual no siempre entregamos el mismo tipo de documento acreditativo de NIF al cliente.



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NIF2 - NIF provisional emitido por la Agencia Tributaria:

De forma automatica y basandose en la información Notarial, la Agencia Tributaria emite y remite por correo la "tarjeta" identificativa de NIF Provisional. Esta, unas veces se recibe y otras no. Si en el momento de comprar la sociedad disponemos del documento y aún no disponemos del NIF defiinitivo, será este el que le entregaremos junto con el resto de documentación. Si ya disponemos del NIF definitivo, se le entregará directamente este, y no el provisional



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NIF3 - NIF definitivo remitido por la Agencia Tributaria:

Igual al anterior, este es remitido por correo desde la Agencia Tributaria; motivo por el cual no hay un plazo claro de recepción y muchas veces ni tan siquiera llega a recibirse, por lo que le entregaríamos el NIF provisional. En cualquier caso, el número es el mismo y usted puede utilizarlo junto con el resto de su documentación.




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NIF revocado:

A veces, la Agencia Tributaria revoca el NIF de la sociedad por permanecer dormida (sin actividad), o directamente no emite el NIF definitivo. En estos casos, la operatividad de la sociedad es igualmente inmediata porque usted puede comenzar a trabajar con ella el mismo dia de su adquisición; no obstante en algunos casos puede ser necesario solicitar la rehabilitación del NIF. En dichos casos, nosotros podemos tramitarle esta solicitud sin ningún coste adicional (Puede ver el Manual del usuario). Para rehabilitar el NIF es suficiente con justificar ante Hacienda que se ha iniciado la actividad y que el nuevo domicilio es totalmente veraz.


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